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Enriquecimiento ilícito.

  • Foto del escritor: Grupo2 Cultura Digital
    Grupo2 Cultura Digital
  • 14 abr
  • 1 Min. de lectura

Se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, haya incurrido en enriquecimiento ilícito. Existe enriquecimiento ilícito cuando el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño.

Por: Anthony Valencia
Por: Anthony Valencia

 
 
 

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